¿Sufres de Hostigamiento y/o Acoso Laboral o Sexual?
- Mis Derechos Laborales
- 10 feb 2022
- 3 Min. de lectura
Actualizado: 7 sept 2022
El hostigamiento y/o acoso laboral o sexual, es una violación de los derechos
fundamentales de las y los trabajadores, que se manifiesta en conductas tendientes a
ofender, humillar, intimidar y/o discriminar a la persona, ocasionando un detrimento en su
salud y seguridad.
Ante ello, es importante conocer y e identificar los dos tipos de hostigamiento y/o acoso:
Hostigamiento y/o acoso laboral
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) lo define como el comportamiento
agresivo de uno o más miembros de un equipo de trabajo hacia un individuo de dicho
grupo, siendo su objetivo causar miedo, desprecio o depresión en el trabajador(a), hasta
lograr su renuncia o despido.
La Ley Federal del Trabajo, lo define como, el ejercicio del poder en una relación de
subordinación real de la víctima frente al agresor en el ámbito laboral, que se expresa en
conductas verbales, físicas o ambas.
Hostigamiento y/o acoso sexual
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) lo define como un comportamiento de
tono sexual, donde pueden existir contactos físicos e insinuaciones, observaciones de tipo
sexual, exhibición de pornografía y exigencias verbales o de hecho, es discriminatoria,
cuando la víctima tiene motivos suficientes para creer que su negativa podría causarle
problemas en el trabajo, en la contratación o el ascenso.
Mientras que la Ley Federal del Trabajo lo define como, una forma de violencia en la que,
si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo del poder que conlleva a un
estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice
en uno o varios eventos.
Las formas más comunes de llevar a cabo este tipo de violencia son a través de:
CHANTAJE
Se condiciona a la víctima con la
consecución de un beneficio
laboral, aumento de sueldo,
promoción o incluso la permanencia
en el empleo.
AMBIENTE LABORAL HOSTIL
Donde no existe respeto por las
ideas de los colaboradores y da
lugar a situaciones de intimidación
o humillación en el entorno laboral.
DIGITAL
Ser acosado a través de los medios
digitales, redes sociales, mensajes
virtuales, correo electrónico, videos,
fotografía.
Dichas formas, se producen generalmente de las siguientes maneras:
FISICA
Violencia física, tocamientos,
acercamientos innecesarios.
VERBAL
Comentarios y preguntas sobre el
aspecto, el estilo de vida, la
orientación sexual, llamadas de
teléfono ofensivas.
NO VERBAL
Silbidos, gestos de connotación
sexual, presentación de objetos
pornográficos.
Por ello, y con la finalidad de erradicar estos comportamientos, el 23 de octubre de 2018
se publicó la Norma Oficial Mexicana NOM-035-STPS-2018, “Factores de riesgo
psicosocial en el trabajo-Identificación, análisis y prevención”, cuyo objetivo es fortalecer y
enriquecer un ambiente organizacional favorable, identificando, analizando y previniendo
los factores de riesgo psicosocial aplicable de manera nacional y para todos los sectores
de empresas, siendo obligación de las empresas dar su cumplimiento.
Esta norma en su contenido reitera que incluso las cargas y jornadas de trabajo excesivas
son un factor relevante en el tema del acoso laboral provocando:
Estas prácticas han originado diversos problemas personales, institucionales y sociales,
ejemplo de ello, es que, de manera psicológica a propiciado la disminución de la
motivación, causando incertidumbre, depresión, ansiedad, desinterés, desconcentración,
perdida de autoestima, humillación, e incluso el suicidio; en el tema de salud se ha
identificado que puede causar estrés, dolor intestinal, dolor de cabeza, náuseas, trastorno
del sueño e hipertensión; durante la relación laboral en una disminución del rendimiento,
cambio de área, pérdida o abandono del trabajo; y finalmente, de manera social donde se
ha detonado en el cambio de comportamiento, aislamiento y deterioro de las relaciones
sociales, afectando con ello, no solo la estabilidad del trabajador, sino de la familia y el
entorno social que lo rodea.
Finalmente, como podemos observar, tanto hombres como mujeres son objeto de acoso
laboral y/o sexual, sin embargo, tanto las autoridades como organizaciones no
gubernamentales, han detectado, que el mayor grado de vulnerabilidad sucede en las
mujeres jóvenes, económicamente dependientes, solteras y divorciadas; y respecto a los
hombres, generalmente sucede en jóvenes, homosexuales, así como por cuestión de raza
y color.
Si eres víctima de alguna acción, no te detengas, denuncia ante la PROFEDET
Comunícate al 01 800 911 7877 o manda un mensaje electrónico a
orientacionprofedet@stps.gob.mx
Recuerda; Sé tú mismo, el respeto es tu escudo y los valores tu arma, se parte esencial
en un entorno laboral libre de violencia, fomenta la igualdad, el respeto y la tolerancia. Si
tienes alguna duda o necesitas alguna asesoría llama o envía un mensaje de WhatsApp
al 55 79 66 33 93
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