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¿Sufres de Hostigamiento y/o Acoso Laboral o Sexual?

Actualizado: 7 sept 2022

El hostigamiento y/o acoso laboral o sexual, es una violación de los derechos

fundamentales de las y los trabajadores, que se manifiesta en conductas tendientes a

ofender, humillar, intimidar y/o discriminar a la persona, ocasionando un detrimento en su

salud y seguridad.

Ante ello, es importante conocer y e identificar los dos tipos de hostigamiento y/o acoso:


Hostigamiento y/o acoso laboral

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) lo define como el comportamiento

agresivo de uno o más miembros de un equipo de trabajo hacia un individuo de dicho

grupo, siendo su objetivo causar miedo, desprecio o depresión en el trabajador(a), hasta

lograr su renuncia o despido.

La Ley Federal del Trabajo, lo define como, el ejercicio del poder en una relación de

subordinación real de la víctima frente al agresor en el ámbito laboral, que se expresa en

conductas verbales, físicas o ambas.


Hostigamiento y/o acoso sexual

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) lo define como un comportamiento de

tono sexual, donde pueden existir contactos físicos e insinuaciones, observaciones de tipo

sexual, exhibición de pornografía y exigencias verbales o de hecho, es discriminatoria,

cuando la víctima tiene motivos suficientes para creer que su negativa podría causarle

problemas en el trabajo, en la contratación o el ascenso.

Mientras que la Ley Federal del Trabajo lo define como, una forma de violencia en la que,

si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo del poder que conlleva a un

estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice

en uno o varios eventos.

Las formas más comunes de llevar a cabo este tipo de violencia son a través de:


CHANTAJE

Se condiciona a la víctima con la

consecución de un beneficio

laboral, aumento de sueldo,

promoción o incluso la permanencia

en el empleo.


AMBIENTE LABORAL HOSTIL

Donde no existe respeto por las

ideas de los colaboradores y da

lugar a situaciones de intimidación

o humillación en el entorno laboral.


DIGITAL

Ser acosado a través de los medios

digitales, redes sociales, mensajes

virtuales, correo electrónico, videos,

fotografía.


Dichas formas, se producen generalmente de las siguientes maneras:


FISICA

Violencia física, tocamientos,

acercamientos innecesarios.


VERBAL

Comentarios y preguntas sobre el

aspecto, el estilo de vida, la

orientación sexual, llamadas de

teléfono ofensivas.


NO VERBAL

Silbidos, gestos de connotación

sexual, presentación de objetos

pornográficos.


Por ello, y con la finalidad de erradicar estos comportamientos, el 23 de octubre de 2018

se publicó la Norma Oficial Mexicana NOM-035-STPS-2018, “Factores de riesgo

psicosocial en el trabajo-Identificación, análisis y prevención”, cuyo objetivo es fortalecer y

enriquecer un ambiente organizacional favorable, identificando, analizando y previniendo

los factores de riesgo psicosocial aplicable de manera nacional y para todos los sectores

de empresas, siendo obligación de las empresas dar su cumplimiento.

Esta norma en su contenido reitera que incluso las cargas y jornadas de trabajo excesivas

son un factor relevante en el tema del acoso laboral provocando:













Estas prácticas han originado diversos problemas personales, institucionales y sociales,

ejemplo de ello, es que, de manera psicológica a propiciado la disminución de la

motivación, causando incertidumbre, depresión, ansiedad, desinterés, desconcentración,

perdida de autoestima, humillación, e incluso el suicidio; en el tema de salud se ha

identificado que puede causar estrés, dolor intestinal, dolor de cabeza, náuseas, trastorno

del sueño e hipertensión; durante la relación laboral en una disminución del rendimiento,

cambio de área, pérdida o abandono del trabajo; y finalmente, de manera social donde se

ha detonado en el cambio de comportamiento, aislamiento y deterioro de las relaciones

sociales, afectando con ello, no solo la estabilidad del trabajador, sino de la familia y el

entorno social que lo rodea.


Finalmente, como podemos observar, tanto hombres como mujeres son objeto de acoso

laboral y/o sexual, sin embargo, tanto las autoridades como organizaciones no

gubernamentales, han detectado, que el mayor grado de vulnerabilidad sucede en las

mujeres jóvenes, económicamente dependientes, solteras y divorciadas; y respecto a los

hombres, generalmente sucede en jóvenes, homosexuales, así como por cuestión de raza

y color.


Si eres víctima de alguna acción, no te detengas, denuncia ante la PROFEDET

Comunícate al 01 800 911 7877 o manda un mensaje electrónico a

orientacionprofedet@stps.gob.mx

Recuerda; Sé tú mismo, el respeto es tu escudo y los valores tu arma, se parte esencial

en un entorno laboral libre de violencia, fomenta la igualdad, el respeto y la tolerancia. Si

tienes alguna duda o necesitas alguna asesoría llama o envía un mensaje de WhatsApp

al 55 79 66 33 93













 
 
 

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